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Citadinos y campesinos en el consejo de cuenca
BRIGITTE NELLIE LUISA BOEHM SCHOENDUBE
Acceso Abierto
Atribución-NoComercial-SinDerivadas
Utilización del agua -- Cuenca del Río Lerma-Chapala (México)
Abastecimiento de agua -- Cuenca del Río Lerma-Chapala (México)
El Acuerdo de Chapala, firmado el 13 de abril de 1989 entre los gobiernos de los estados de México, Querétaro, Michoacán, Guanajuato, San Luis Potosí y Jalisco (nótese la ausencia del gobierno del entonces todavía Distrito Federal), antecedió al ordenamiento jurídico de conformación de consejos de cuenca según la ley de 1992. El caso insólito del establecimiento de un organismo denominado Consejo de Seguimiento y Evaluación del Acuerdo de Chapala, auspiciado por el gobierno del estado de Jalisco, no se repetiría después. El compromiso acordado comprendía cuatro líneas de acción básica: la preservación de la calidad del agua y el saneamiento en la cuenca – construcción de plantas de tratamiento en los poblados ribereños – la ordenación y regulación de los usos del agua para controlar los volúmenes existentes y una distribución equitativa entre estados y usuarios (los decretos presidenciales de 1995 y 1996 reglamentan el registro de los derechos de los usuarios).
2012
Capítulo de libro
DURAN JUÁREZ, Juan Manuel. (ed.). Los estudios del agua en la cuenca Lerma-Chapala-Santiago : agricultura, industria y ciudad: pasado y presente. Zamora, Michoacán : Universidad de Guadalajara : El Colegio de Michoacán. 2012. 477 p.
Español
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ANTROPOLOGÍA SOCIAL
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